Audiencia Pública 27/03/2026

27/03/2026
El Carmelo Hotel & Hacienda. Panamericana Sur km. 301.2,
11:00 a. m. a 1:15 p. m.
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En el TUO del Reglamento de Distribución de gas natural por red de ductos aprobado con Decreto Supremo N° 040-2008-EM se establece que el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin), es el organismo que aprueba las tarifas máximas a ser aplicadas a la distribución de gas natural por red de ductos. 

Asimismo, de acuerdo con lo establecido en los artículos 63b, 63c, 71, 75, 107, 111 y 112a de dicho reglamento, Osinergmin debe aprobar dentro del proceso de fijación de tarifas, el Plan Quinquenal de Inversiones y el Plan de Conexiones Residenciales a beneficiarse con los gastos de promoción (Plan de Promoción), y otros conceptos regulatorios aplicables al servicio de distribución de gas natural por red de ductos.

Para tal efecto, en el Anexo C.2 “Procedimiento para Fijación de las Tarifas de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, Acometidas y Cargos de Mantenimiento Corte y Reconexión” de la Resolución N° 080-2012-OS/CD, se estableció las etapas y plazos máximos aplicables al procedimiento regulatorio correspondiente.

En ese marco, corresponde a Osinergmin sustentar la el proyecto de resolución con el que se fijan las Tarifas de distribución de gas natural por red de ductos, se aprueba el Plan Quinquenal de Inversiones, el Plan de Promoción, los Cargos Complementarios y otros conceptos regulatorios, aplicables a la Concesión del departamento de Ica operada por la empresa Contugas S.A.C.,